Una vez aprobada la ley 20.780 (Reforma Tributaria) el 29.09.2014, trajo consigo una serie de modificaciones y disposiciones cuya aplicación será de manera paulatina, dentro de este escenario Pyme encontramos la derogación a contar del 1° de enero del año 2015 de los artículos 14 bis ( Régimen de tributación en base a los retiros efectuados) y 14 quáter (Régimen de tributación con una cuota exenta del Impuesto de Primera Categoría) y se amplía régimen simplificado de tributación para las Micro, pequeñas y Medianas empresas ( Art. 14 ter.) para los años 2015 y 2016. Es sobre este último abordaremos los principales requisitos y beneficios, contenidos dentro de las disposiciones transitorias aprobadas por la reforma.
Requisitos que deben cumplir los contribuyentes a partir del 1° de enero de 2015;
(Se Amplió de 25.000 UF a 50.000 UF los Ingresos con la reforma)
También debemos considerar que se elimina la restricción que establece que los contribuyentes deben realizar actividades gravadas con IVA, lo que significa que en la actualidad se amplía el universo de contribuyentes que se pueden acoger a este régimen favoreciendo a sociedades de personas.
Tributación régimen simplificado Art.14 ter;
La base imponible de primera categoría (Monto sobre el cual se determina el impuesto a pagar) estará determinada por la diferencia entre los ingresos percibidos y egresos efectivamente pagados para cubrir gastos o costos del giro o actividad realizados por el contribuyente, lo que implica un cambio respecto de lo que se encontraba vigente hasta el 31.12.2014, donde se debía considerar los ingresos percibidos y devengados, de esta forma lo se busca es una tributación en base a los flujos disponibles que se encuentran en la empresa
Base Imponible:
|
Además se aceptará como gastos no documentados, el 0,5% de los ingresos percibidos por el contribuyente, con tope de 15 UTM y un mínimo de 1 UTM. Como también podrán diferir en hasta dos meses el pago del IVA. Para el control de los ingresos y egresos, los contribuyentes deberán llevar un libro de caja que refleje cronológicamente el flujo de sus ingresos y egresos de las operaciones que realice, y cualquier otro desembolso que se efectúe desde la empresa.
Liberaciones de obligaciones, registros tributarios y otros beneficios
Conclusión
Podemos concluir que el régimen de tributación simplificado establecido en el artículo 14 ter, lo que busca es ampliar el número de contribuyentes, por intermedio de la eliminación de restricciones comentadas anteriormente, como también impulsar que los contribuyentes realicen sus registros a través del Portal MIPYME (Gratis) en la oficina virtual del Servicio de Impuestos Internos (SII). La dificultad que se presentara será con las instituciones financieras, en el momento de optar por financiamiento, debido a que no se basan solo en los flujos de caja para realizar una evaluación financiera.
Aquí se comentaron algunas modificaciones con el objetivo de establecer una primera aproximación general de lo que debemos tener presente en cuanto a las variables tributarias al momento de emprender. La tarea pendiente que queda por delante es que los contribuyentes, principalmente los Pymes se capaciten y se asesoren en materia tributaria con el objetivo de planificar los impactos de la reforma tributaria, ya que existen diferentes disposiciones que entran en vigencia en los años 2015, 2016 que debemos tener para cuando en el año 2017 y 2018 comience a regir 100% la reforma.
Williams Maldonado Sepúlveda
Contador Auditor UCV, Estudios de Tributación en Empresa, Universidad de Chile.